Plaza de garaje n.º 22 en Alameda de la Sagra (Toledo) Finca 6539
Superficie construída: 10,50 m2.
El bien se vende libre de toda carga y gravamen, salvo los derechos reales limitativos de dominio (servidumbres, etc.). La cancelación de las cargas se realizará en el momento de otorgar la escritura de transmisión del bien, o en su caso, posteriormente, mediante mandamiento de cancelación de cargas librado por el Juez del concurso, solicitado por la Administración Concursal, una vez acreditada la transmisión del bien.
GASTOS E IMPUESTOS: Todos los gastos e impuestos que se devenguen como consecuencia de la liquidación de los bienes serán por cuenta del adquirente.
Serán por cuenta del adjudicatario todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión del bien y elevación a escritura pública de la compraventa
También serán por cuenta del adjudicatario los gastos de la entidad especializada (LA LEY Soluciones Legales, S.A.), establecidos en el 3% sobre el importe de la adjudicación, más el 21% IVA). El adjudicatario deberá abonar el citado importe con anterioridad al otorgamiento de la escritura pública de formalización de la operación, adjuntando para ello comprobante de pago.
Depósito: Para que las ofertas realizadas sean aceptadas es necesario realizar un depósito de 238€ que se corresponde con el 5% del valor razonable. El depósito se debe realizar en la cuenta de consignación del Banco Santander ES1300490165032811348470 a nombre del Notario de Barcelona, D. Jesús Benavides Lima, indicando en el concepto "Consignación Lote 2511 + su N.I.F."
Este importe no es a fondo perdido y será devuelto o descontado del importe de adjudicación si se cumplen los requisitos para ello, en caso contario será retenido y no se devolverá. Se debe remitir justificante de la consignación por correo electrónico a la dirección giocondaliquidaciones@aranzadilaley.es con un plazo mínimo de 48 horas antes de que finalice la subasta.
En caso de recibirse con posterioridad no se garantiza que el licitador pueda realizar postura por el lote.
Recibido el justificante, se procederá a autorizar al solicitante para participar en la subasta, y para ello deberá haberse registrado previamente en la plataforma.
Pago aplazado: No existe posibilidad de postura con pago aplazado.
NOTA: La entidad titular del crédito privilegiado no vendrá obligada a realizar depósito para poder participar en el proceso de subasta y o venta directa del bien sobre el que repose su garantía. No obstante, deberá registrarse en la plataforma, y deberá anotar en el campo "Nombre de la empresa" si actúa en representación de un tercero. Además deberá comunicárnoslo a giocondaliquidaciones@aranzadilaley.es para poder habilitarle y realizar su oferta.
No será necesario el consentimiento del acreedor privilegiado para la enajenación del bien.
La adjudicación del lote estará sujeta a una validación del precio final por parte del vendedor. La Administración Concursal se reserva la facultad de rechazar aquellas ofertas que no sean en interés del concurso.
Cuerpo cierto: Toda venta llevada a cabo en la liquidación se producirá como cuerpo cierto, en el estado en el que se encuentre, sin que por su venta se genere ninguna responsabilidad por la entidad concursada o administrador concursal no siendo preciso el otorgamiento de garantía alguna respecto al estado de los bienes misma.
Otros lotes
NOTAS:
Todos los precios sin impuestos incluidos.
Cada puja en los últimos 5 minutos incrementa en otros 5 minutos más el tiempo límite de la subasta.
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