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Subasta en línea

Chalet en calle Puerto Manzanal nº 30 de Valdemorillo (Madrid)

Lote n.º 2408
340.000,00
Esta subasta finalizó
05/03/2024 12:00
Precio de salida
340.000,00 €
Valor razonable
450.000,00 €
Incremento mínimo de puja
2.000,00
Comisión
0,00
Se requiere un depósito
Si 10.000€
Número de activos: 1
Subasta privada

Vivienda unifamiliar independiente construida sobre la parcela de terreno n.º 2104 de 1.004,69m2 de superficie, ubicada en la calle Puerto del Manzanal, 30 en el Polígono Urbanizado "Cerro Alarcón", en Valdemorillo (Madrid).

Consta de tres plantas: sótano, baja y primera, comunicadas entre sí por medio escalera interior. Tiene su acceso para personas y vehículos desde la calle.

La planta de SÓTANO: tiene una superficie útil de 45,99m2 y una superficie construida, de 56m2 distribuidos en garaje, cuarto de depósitos, cuarto de caldera, hall distribuidor, y hueco de escaleras que comunica con el resto de plantas superiores de la vivienda.

Planta BAJA: tiene una superficie útil de 107,8m2, y una superficie construida de 106m2, más 28m2 de porche. Se distribuye en porche de entrada, hall-vestíbulo, cocina-oficio, estar-comedor, un dormitorio, cuarto de baño y hueco de escaleras que comunica con el resto de plantas de la vivienda.

Planta PRIMERA: tiene una superficie útil de 74,95m2 y superficie construida de 97,39m2, que se distribuye en hall-distribuidor, tres dormitorios, terraza, dos cuartos de baño y hueco de escaleras que comunica con el resto de plantas inferiores de la vivienda.

Superficie útil total: 228,02m2

Superficie total construida: 287,39m2.

Superficie total construida a efectos de edificabilidad: 273,39m2.

La parcela dispone de zonas de accesos para personas y vehículos, jardín y piscina.


Visitas: No se admiten visitas debido a que está arrendado, aunque se está llevando a cabo acción de deshaucio.

Ubicación
c/ Puerto Manzanal n.º 30, 28210-Valdemorillo (Madrid)
Valor de Tasación
450.000€
M2 Construidos
287,39m2
M2 Útiles
228,02m2
Datos Catastrales
8802704VK0880S0001MR
Año de Construcción
2008
n.º de planta
3
n.º habitaciones
4
n.º baños
3
Terraza
1
¿Está alquilado?
Actualmente la vivienda se encuentra arrendada.
CARGAS:
Hipoteca a favor de Caixabank con un principal pendiente de 256.476,58€.

Arrendamiento: actualmente está arrendado, si bien se va a iniciar una acción de desahucio para resolver el contrato judicialmente.

Depósito: Para que las ofertas realizadas sean aceptadas es necesario realizar un depósito de 10.000€ que se corresponde con el 5% del valor razonable. El depósito se debe realizar en la cuenta de consignación del Banco Santander ES1300490165032811348470 a nombre del Notario de Barcelona, D. Jesús Benavides Lima, indicando en el concepto "Consignación Lote 2408 + su N.I.F."

Este importe no es a fondo perdido y será devuelto o descontado del importe de adjudicación si se cumplen los requisitos para ello, en caso contario será retenido y no se devolverá. Se debe remitir justificante de la consignación por correo electrónico a la dirección giocondaliquidaciones@aranzadilaley.es con un plazo mínimo de 48 horas antes de que finalice la subasta.

En caso de recibirse con posterioridad no se garantiza que el licitador pueda realizar postura por el lote.

Recibido el justificante, se procederá a autorizar al solicitante para participar en la subasta, y para ello deberá haberse registrado previamente en la plataforma.

Pago aplazado: No existe posibilidad de postura con pago aplazado.

 

NOTA: La entidad titular del crédito privilegiado no vendrá obligada a realizar depósito para poder participar en el proceso de subasta y o venta directa del bien sobre el que repose su garantía. No obstante, deberá registrarse en la plataforma, y deberá anotar en el campo "Nombre de la empresa" si actúa en representación de un tercero. Además deberá comunicárnoslo a giocondaliquidaciones@aranzadilaley.es para poder habilitarle y realizar su oferta.

La adjudicación del lote estará sujeta a una validación del precio final por parte del vendedor.

 

Cuerpo cierto: Toda venta llevada a cabo en la liquidación se producirá como cuerpo cierto, en el estado en el que se encuentre, sin que por su venta se genere ninguna responsabilidad por la entidad concursada o administrador concursal no siendo preciso el otorgamiento de garantía alguna respecto al estado de los bienes misma.

 

Cesión de remate: Se permite la cesión de remate del bien adjudicado por parte del acreedor privilegiado.

 

ENCOMIENDA DE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO CORRESPONDIENTE.- Por ser la inscripción en el registro de la propiedad, una condición necesaria para prevenir la eventual reclamación de créditos contra la masa concursal y para adecuar la titularidad a la realidad, Wolters Kluwer España pondrá todos los medios a su disposición para garantizar ante el Juez y el administrador concursal, la debida inscripción de los activos en el Registro de la Propiedad correspondiente, por ello todas las gestiones y trámites encaminadas a asegurar la correcta inscripción de la misma y en su caso títulos previos, la presentación de declaraciones, autoliquidaciones y documentación complementaria exigida por la normativa tributaria, las subsanaciones o aclaraciones necesarias a la vista de la calificación verbal o escrita del Registrador por adolecer el título de algún defecto subsanable, así como las acciones encaminadas a la coordinación de firma y preparación del borrador de escritura en la Notaría elegida por el vendedor, serán asumidas por la compañía especializada GRUPO BC DE ASESORIA HIPOTECARIA S.L, quien garantiza y se responsabiliza de las debidas actuaciones, contando adicionalmente con una Póliza de Responsabilidad Civil al respecto.

El coste de su contratación variará en función del tipo y valor de los activos y será asumido por el comprador, las Tarifas aplicables serán comunicadas al mismo, mediante solicitud a giocondaliquidaciones@aranzadilaley.es, que se ajustarán con la correspondiente Provisión de fondos, una vez que la operación esté preparada para la firma, que incluirá además de los gastos de gestión, los gastos de Notaria, Impuestos y Registro y cuyo importe total debe ingresarse antes o simultáneamente a la firma, en la misma cuenta de consignación Notarial en la que ha realizado el Depósito.

 

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NOTAS:

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