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Subasta en línea

Vivienda-ático en la calle La Florida, la Llagosta (Barcelona)

Lote n.º 2214
24.000,00
Esta subasta finalizó
04/11/2022 12:05
Precio de salida
1,00 €
Precio de liquidación
98.560,00 €
Valor razonable
140.800,00 €
Incremento mínimo de puja
2.000,00
Comisión
3,00
Se requiere un depósito
Si 7.040€
Número de activos: 1
Vivienda piso ático puerta 1, ubicada en la calle La Florida n.º 27-29-31 de la Llagosta.
Consta de recibidor, pasillos, comedor-estar, cocina, lavadero, tres habitaciones-dormitorio, cuarto de baño y aseo, con una superficie útil de 63,40m2. Tiene además dos terrazas, una anterior y otra posterior, que en conjunto miden 36,45m2.

Nota: la subasta de este activo es consecuencia de un proceso de ejecución de títulos judiciales.

Visitas: actualmente el inmueble no puede visitarse.
Ubicación
Calle La Florida, n° 27-29-31, ático puerta 1ª, 08120 La Llagosta (Barcelona)
Valor de Tasación
140.800,00€
M2 Útiles
63,40m2
Datos Registrales
Registro de la Propiedad de Mollet del Vallés, Tomo 1054, Libro 33, Folio 172, Finca n.º 4.638
Datos Catastrales

Ref. catastral: 2763104DF3926S0012FH

Año de Construcción
1979
Uso Principal
Residencial
n.º habitaciones
3
n.º baños
1 baño y 1 aseo
Terraza
2 terrazas (una anterior y otra posterior) de 36,45m2 en conjunto

Cargas: Además del embargo origen de la ejecución, sobre la finca pende una Hipoteca en favor del BBVA con una cuantía pendiente de amortización de 16.507,52 € a fecha de 19 de mayo de 2021 y con un vencimiento a 30 de abril de 2024.

Respecto a las cargas existentes, se aplicará lo establecido en el art. 642 en relación con el art 674 LEC, que establece que “A instancia del adquirente, se expedirá, en su caso, mandamiento de cancelación de la anotación o inscripción del gravamen que haya originado el remate o la adjudicación.

Asimismo, el Letrado de la Administración de Justicia mandará la cancelación de todas las inscripciones y anotaciones posteriores, incluso las que se hubieran verificado después de expedida la certificación prevenida en el artículo 656, haciéndose constar en el mismo mandamiento que el valor de lo vendido o adjudicado fue igual o inferior al importe total del crédito del actor y, en el caso de haberlo superado, que se retuvo el remanente a disposición de los interesados.

También se expresarán en el mandamiento las demás circunstancias que la legislación hipotecaria exija para la inscripción de la cancelación.

A instancia de parte, el testimonio del decreto de adjudicación y el mandamiento de cancelación de cargas se remitirán electrónicamente al Registro o Registros de la Propiedad correspondientes.”


Todos los gastos derivados de la venta y de la cancelación de cargas serán de cuenta y cargo del adjudicatario.

Condiciones específicas: Si la mejor postura fuera igual o superior al 70 por ciento del valor por el que el bien hubiere salido a subasta, Wolters Kluwer Legal & Regulatory España, S.A. (en adelante, Wolters Kluwer), lo pondrá en conocimiento del ejecutante, quien a su vez informará al Juzgado ante el que se tramita la ejecución y el Letrado de la Administración de Justicia aprobará el remate en favor del mejor postor, que deberá consignar el precio en un plazo de 20 días, la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate. A los presentes efectos, se facilitará un número de cuenta corriente al mayor ofertante. Adicionalmente, se le girará una factura por el importe correspondiente a la comisión devengada por Wolters Kluwer.

Si el mayor ofertante ofreciera pagar a plazos con garantías suficientes, bancarias o hipotecarias del precio aplazado, se harán saber al ejecutante quien, en los veinte días siguientes, podrá pedir la adjudicación del inmueble por el 70 por 100 del valor de salida. Si el ejecutante no hiciere uso de este derecho, se aprobará el remate en favor de la mejor de aquellas posturas, con las condiciones de pago y garantías ofrecidas en la misma.

Cuando la mejor postura ofrecida en la subasta sea inferior al 70 por ciento del valor del bien, se dará traslado de la misma al ejecutante, quien, en caso de estar conforme con la misma, se la trasladará al Juzgado en el que se tramita la ejecución, y el Letrado de la Administración de Justicia, oídas las partes, resolverá sobre la aprobación del remate a la vista de las circunstancias del caso, de cuyo resultado informaremos al mayor ofertante, tan pronto lo conozcamos.

En el supuesto en el que el ejecutante no esté conforme con la mejor postura que no alcance el 70 por ciento del valor del inmueble, Wolters Kluwer, informará al mayor ofertante y se reservará la posibilidad de publicar una nueva subasta, respetando los plazos concedidos por el Juzgado.

Depósito: Para que las ofertas realizadas sean aceptadas es necesario realizar un depósito de 7.040€ que se corresponde con el 5% del valor razonable. El depósito se debe realizar en la cuenta de consignación del Banco Santander ES13 0049 0165 032811348470 a nombre del Notario de Barcelona, D. Jesús Benavides Lima, indicando en el concepto "Consignación Lote 2214 + su N.I.F."

Este importe no es a fondo perdido y será devuelto o descontado del importe de adjudicación si se cumplen los requisitos para ello, en caso contario será retenido y no se devolverá. Se debe remitir justificante de la consignación por correo electrónico a la dirección giocondaliquidaciones@wolterskluwer.es con un plazo mínimo de 48 horas antes de que finalice la venta directa / subasta.

En caso de recibirse con posterioridad no se garantiza que el licitador pueda realizar postura por el lote.

Recibido el justificante, se procederá a autorizar al solicitante para participar en la subasta, y para ello deberá haberse registrado previamente en la plataforma.

Cuerpo cierto: Toda venta llevada a cabo en la liquidación se producirá como cuerpo cierto, en el estado en el que se encuentre, sin que por su venta se genere ninguna responsabilidad por la parte ejecutante no siendo preciso el otorgamiento de garantía alguna respecto al estado de los bienes misma.

 

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clienteslaley@aranzadilaley.es

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NOTAS:

Todos los precios sin impuestos incluidos.

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